El TEAC lo prohíbe en su nueva resolución de 2025

🟢 ¿Te han embargado el dinero de la cuenta aunque cobres solo tu pensión o tu sueldo? Ahora la ley te ampara.

Hasta hace nada, vivir con una pensión o un sueldo inembargable no era suficiente para dormir tranquila.
Porque aunque la ley ya protegía una parte de tus ingresos, en la práctica, si no sacabas ese dinero volando del banco, podía desaparecer.

Y volaba.

Cada mes, personas con ingresos mínimos veían cómo Hacienda o un juzgado vaciaban su cuenta, como si no importara que esos euros fueran para el alquiler, la comida o una factura atrasada. Como si dejar a alguien sin lo mínimo vital no fuera violento.

Y entonces pasó algo.

El Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC), en su resolución del 18 de junio de 2025, ha cambiado las reglas del juego. Por fin, ha reconocido que el dinero que no puede embargarse al cobrarlo, tampoco puede embargarse después.


🧾 Ya no tienes que esconder tu dinero

Se acabó tener que retirar corriendo tu pensión o tu nómina.
Se acabó meterlo en cuentas ajenas, fintech raras o vivir con miedo.
Ahora, el dinero inembargable sigue siendo inembargable aunque no lo hayas gastado ese mes.

Y no porque el TEAC «haya sido bueno», sino porque por fin alguien ha dicho algo obvio:

💬 “La parte inembargable del sueldo es necesaria para atender necesidades básicas personales y familiares.”
💬 “El saldo correspondiente al importe inembargable en ningún caso puede considerarse ahorro.”

Eso significa que ese dinero no tiene por qué gastarse el mismo mes para estar protegido.
Si lo usas para ahorrar de cara al trimestre del IBI, un electrodoméstico roto o el material escolar, está igual de protegido.


🛑 ¿Qué puedes hacer si te han embargado ese dinero?

Aunque esta resolución es administrativa, es doctrina firme. Y puedes usarla para defenderte:

🟢 Si te ha embargado Hacienda, presenta un recurso e invoca esta resolución.
🟢 Si es un embargo civil, usa el artículo 607 de la LEC, que protege tu ingreso, y aplica por analogía esta doctrina.
🟢 Si estás en la Ley de Segunda Oportunidad, puedes pedir la devolución de lo que te hayan quitado de más, o frenar nuevos embargos ilegales durante tu plan de pagos.

Además, recuerda: los embargos que afectan a lo mínimo vital vulneran principios constitucionales como el de dignidad, proporcionalidad y no confiscatoriedad.


📑 ¿Y cómo demuestro que el dinero es inembargable?

Presenta un escrito claro y ordenado con:

  1. Extractos de tu nómina, pensión o ingreso regular.
  2. Justificación de que el saldo embargado procede de ahí.
  3. Fundamento legal:
    • Artículo 607 LEC.
    • Artículo 171.3 LGT.
    • Resolución TEAC 00/01140/2022.

Y exige la anulación del embargo y la devolución inmediata.

@_horizontelegal_

✨ ¿Vives con lo justo y encima te han embargado el saldo de tu cuenta? 💰 Aunque solo cobres una pensión o un salario pequeño, eso no te ha protegido de que te vacíen la cuenta… hasta ahora. El TEAC ha cambiado las reglas: si el dinero procede de tu sueldo o pensión inembargable, sigue estando protegido aunque pasen los días. Sí: aunque no lo gastes el mismo mes, no se considera ahorro embargable. Y puedes reclamar si te han quitado lo que no debían. 🌱 En Horizonte Legal lo tenemos claro: Lo mínimo vital no se toca. Y si te lo han tocado, te ayudo a pelearlo. #segundaoportunidad #embargos #deudas #dinero #derecho #horizontelegal

♬ sonido original – Gina Diaz | Horizonte Legal☀️

✊ En Horizonte Legal lo decimos claro:

Lo que no se puede embargar cuando entra, tampoco se puede embargar después.
Lo mínimo vital no se toca.

Si estás en esta situación y no sabes cómo actuar, escríbeme. Porque tener deudas no te hace culpable.
Pero que te embarguen lo que necesitas para vivir, es directamente injusto.


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