Una sentencia del Juzgado Mercantil nº1 de Córdoba concede la exoneración total de deudas, incluso con derivación de responsabilidad y sanción firme. ¿El motivo? El principio de proporcionalidad y la primacía del Derecho europeo.
En España, la Ley de Segunda Oportunidad no funciona como debería porque Hacienda bloquea la exoneración de deuda pública, incluso contra sentencias europeas.